
a) Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él.
b) Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.
c) Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra.
d) Suscribir los seguros previstos en el artículo 19.
e) Entregar al adquirente, en su caso, la documentación de obra ejecutada, o cualquier otro documento exigible por las Administraciones competentes.
Visto el apartado d), muchas veces me he encontrado casos en que el promotor-particular no ha suscrito ningún tipo de seguro para la construcción o el seguro de daños materiales decenal. En el primer caso se crea una situación de vacío sin posibilidad de cobertura en caso de accidente dentro de la obra, robo, abandono de la obra por parte del constructor, etc. En el segundo tipo de seguro, el seguro decenal, actualmente no es obligatorio para promotores-particulares, pero es necesario poseerlo en el caso de que se pretenda vender la edificación antes de los 10 años después de su construcción. Particularmente recomiendo que se contraten estos dos seguros antes del inicio de la ejecución, y tratándose de un promotor "no profesional", también le aconsejaría que contratase buenos Técnicos (Arquitecto y Arquitecto Técnico) para que le asesoren ya que una obra, aunque sea pequeña, lleva una gran carga administrativa y documental.
Además, siendo que se trata la cuestión en Castellón, también le afecta la Ley de Ordenación y Fomento de la edificación de la Generalitat Valenciana (art.38), en las que el promotor también tiene obligación de:
- contratar a los agentes necesarios (arquitecto, arquitecto técnico, constructor).
- contratar los estudios geotècnicos o informes previos por requerimiento de los técnicos.
- someter a las preceptivas autorizaciones administrativas las modificaciones del proyecto.
Consejo: a la hora de contratar un Constructor, que le quede claro quien paga los ensayos de control de calidad y las pruebas del hormigón, no sea que se lleve una sorpresa extra.
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